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¿Me pueden despedir por denunciar acoso o discriminación en el trabajo en California?

Revisado por Eliot Rushovich, Rise Law Firm, PC

No. La ley de California prohíbe que un empleador despida, degrade o castigue de cualquier otra forma a un empleado porque este denunció o se quejó de acoso o discriminación. La protección se aplica si la queja se presentó ante un supervisor, ante recursos humanos o ante una agencia del gobierno, y se aplica aunque más adelante se determine que la conducta denunciada no era ilegal, siempre que usted la haya denunciado de buena fe. Si lo despidieron después de presentar ese tipo de queja, es posible que tenga un reclamo por represalias bajo la Ley de Empleo y Vivienda Justos de California (FEHA) y leyes relacionadas.

En la mayoría de los casos, la pregunta práctica no es si las represalias son ilegales, sino si las pruebas demuestran que su queja fue la razón del despido. Las secciones siguientes explican qué se considera una queja protegida, qué se considera represalia y cómo se prueban estos casos.

¿Qué se considera denunciar acoso o discriminación?

La FEHA protege a los empleados que se oponen a prácticas que la ley prohíbe, presentan una queja o testifican o ayudan en un procedimiento (Código de Gobierno, § 12940(h)). Los tribunales interpretan esta protección de manera amplia. Algunos ejemplos de actividad protegida son:

  • Quejarse ante un supervisor, gerente o recursos humanos de acoso sexual, comentarios raciales u otro acoso basado en una característica protegida
  • Denunciar que usted o un compañero de trabajo recibieron un trato diferente por su raza, sexo, edad, discapacidad, embarazo, religión, origen nacional, orientación sexual u otra característica protegida
  • Participar como testigo en una investigación interna de la queja de otra persona
  • Apoyar la queja de un compañero de trabajo o negarse a participar en una conducta que usted cree que es discriminatoria
  • Presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California o ante la EEOC
  • Solicitar una adaptación razonable por discapacidad o por una práctica religiosa (Código de Gobierno, § 12940(l), (m))

No es necesario que la queja sea por escrito, ni que use términos legales como “acoso” o “discriminación”. Lo que importa es que el empleador entendió, o razonablemente debió entender, que usted estaba planteando una preocupación sobre una conducta que la FEHA prohíbe. Una queja por escrito, como un correo electrónico a recursos humanos, suele ser más fácil de probar después.

Tampoco es necesario que demuestre que el acoso o la discriminación que denunció realmente ocurrió. La Corte Suprema de California ha determinado que un empleado está protegido cuando se opone a una conducta que, de manera razonable y de buena fe, creía discriminatoria (Yanowitz v. L’Oreal USA, Inc. (2005) 36 Cal.4th 1028). Un reclamo por represalias puede prosperar incluso cuando la queja original no prospera.

Una denuncia de acoso o discriminación también puede estar protegida por la ley de California que protege a los denunciantes, el artículo 1102.5 del Código Laboral, cuando se presenta ante una persona con autoridad para investigar y usted cree razonablemente que revela una violación de la ley. Esa ley establece una carga de la prueba favorable para los empleados, que se explica más adelante.

¿Qué se considera represalia además del despido?

El despido es la forma más común de represalia, pero no es la única. Según Yanowitz, una acción constituye represalia si afecta de manera importante los términos, las condiciones o los privilegios del empleo, y los tribunales examinan la conducta del empleador en su conjunto en lugar de cada incidente por separado. Las represalias pueden incluir:

  • Una degradación, un recorte de salario o la pérdida de una oportunidad de bono o comisión
  • Una reducción de horas, turnos o territorio
  • Un traslado a un puesto, lugar u horario menos deseable
  • Evaluaciones de desempeño negativas repentinas o amonestaciones que llevan a sanciones
  • Exclusión de reuniones, proyectos o ascensos
  • Verse obligado a renunciar porque las condiciones de trabajo se volvieron intolerables (despido constructivo)

Una serie de acciones menores que comienza después de una queja puede, en conjunto, constituir represalia, aunque ninguna acción por sí sola sea suficiente.

¿Cómo se prueba que lo despidieron porque se quejó?

Los empleadores rara vez admiten que una queja fue la razón de un despido. Por lo general señalan el desempeño, la asistencia, una violación de políticas o una reestructuración. Por eso las represalias suelen probarse con pruebas circunstanciales que demuestran que la razón alegada no es la verdadera. Las pruebas que suelen tener más peso incluyen:

  • El momento. Un despido que ocurre días o semanas después de una queja es una prueba sólida de una conexión, sobre todo cuando no cambió nada más en ese tiempo.
  • Un cambio en el trato. Buenas evaluaciones, aumentos o elogios antes de la queja, seguidos de críticas, amonestaciones o un plan de mejora del desempeño después.
  • Conocimiento. Pruebas de que las personas que tomaron la decisión del despido sabían de la queja.
  • Razones cambiantes o contradictorias. Un empleador que da una razón al momento del despido y otra distinta después.
  • Desviaciones de las políticas. Omitir la disciplina progresiva, o tratarlo a usted con más dureza que a compañeros que no se quejaron.
  • Declaraciones. Comentarios de gerentes que lo describen a usted como un “problema”, alguien que “no trabaja en equipo” o algo similar después de la queja.

Bajo la FEHA, el empleado debe demostrar que la queja fue una razón sustancial y motivadora del despido. Cuando se aplica el artículo 1102.5 del Código Laboral, el empleado solo necesita demostrar que la queja fue un factor que contribuyó, y entonces la carga pasa al empleador, que debe probar con pruebas claras y convincentes que de todos modos habría despedido al empleado por una razón legítima (Código Laboral, § 1102.6; Lawson v. PPG Architectural Finishes, Inc. (2022) 12 Cal.5th 703). Ese es un estándar exigente para un empleador.

¿Qué debe hacer si lo despidieron después de quejarse?

  1. Escriba una cronología mientras lo recuerda bien. Anote la fecha de cada queja, a quién se lo dijo, cómo lo dijo y cada cambio en el trato que siguió, hasta la fecha del despido.
  2. Conserve lo que ya tiene. Guarde copias de sus propios correos electrónicos, mensajes de texto, evaluaciones de desempeño, registros de pago y la notificación de despido. No se lleve documentos confidenciales de la empresa ni información privada de otros empleados.
  3. Tenga cuidado con un acuerdo de indemnización por despido. Los acuerdos de indemnización por despido casi siempre incluyen una renuncia de todos los reclamos contra el empleador. Firmar uno puede significar renunciar a un reclamo por represalias, así que entienda a qué está renunciando antes de firmar.
  4. Preste atención a los plazos. Los principales plazos se indican a continuación.
Reclamo Plazo
Represalias bajo la FEHA Presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles dentro de 3 años; luego presentar la demanda dentro de 1 año a partir de la notificación de derecho a demandar
Represalias contra denunciantes (Código Laboral, § 1102.5) Generalmente 3 años
Despido injustificado en violación del orden público 2 años
Reclamos federales (Título VII) Presentar ante la EEOC dentro de 300 días (el plazo para empleados de California)
Empleadores públicos Los reclamos que no son bajo la FEHA generalmente requieren un reclamo gubernamental dentro de 6 meses

Estos plazos pueden ser más cortos o más largos según los hechos, así que es mejor no esperar.

Preguntas frecuentes

¿Tengo un reclamo si mi empleador investigó mi queja y no encontró nada?

Quizás. Un reclamo por represalias depende de por qué lo despidieron, no de si la investigación del empleador confirmó su queja. Una queja hecha de buena fe está protegida aunque la investigación no encuentre ninguna violación.

¿Qué pasa si mi queja fue solo verbal?

Una queja verbal está protegida. Puede ser más difícil de probar, así que anote cuándo la hizo, con quién habló y qué se dijo, e identifique a cualquier persona que haya presenciado la conversación.

Mi empleador dice que me despidieron en un recorte de personal. ¿Puede seguir siendo una represalia?

Sí. Un despido colectivo o una reestructuración pueden usarse para encubrir una decisión de represalia. Las preguntas suelen ser cómo se eligió a los empleados, si usted fue la única persona o una de muy pocas seleccionadas, y si la selección siguió los propios criterios del empleador.

¿Qué compensación se puede obtener en un caso de represalias?

Según los hechos, los daños recuperables pueden incluir salarios y beneficios perdidos, ingresos futuros perdidos y daños por sufrimiento emocional. Pueden proceder daños punitivos cuando el empleador actuó con malicia, opresión o fraude, y la FEHA permite que un empleado que prevalece recupere los honorarios de abogados.

¿Importa si trabajaba para una empresa privada o para una agencia pública?

La FEHA se aplica a ambos. Los reclamos contra agencias públicas pueden tener requisitos de procedimiento adicionales, incluido un plazo de seis meses para presentar un reclamo gubernamental en algunos casos, por lo que el tiempo es especialmente importante. Además, las entidades públicas no son responsables de daños punitivos (Código de Gobierno, § 818), aunque las demás categorías de daños siguen disponibles.

Hable con un abogado de represalias en California

Rise Law Firm representa a empleados en todo California en casos de represalias y despido injustificado, desde directores ejecutivos hasta trabajadores con salario mínimo. Hemos obtenido millones de dólares para nuestros clientes, y somos particularmente conocidos por manejar casos de alto perfil. Trabajamos con honorarios condicionados al resultado, lo que significa que no hay honorarios ni costos a menos que recuperemos una compensación para usted.

Si lo despidieron después de denunciar acoso o discriminación, comuníquese con nosotros para solicitar una consulta gratuita y confidencial. Puede obtener más información en nuestras páginas de represalias en Los Ángeles, represalias en Long Beachy despido injustificado en Los Ángeles .

Este artículo ofrece información general sobre la ley de California y no constituye asesoría legal. Leerlo no crea una relación abogado-cliente.